CONCEPTOS DEL SEGURO

El seguro de D&O protege el patrimonio personal de los administradores, consejeros, directivos y altos cargos de una sociedad por reclamaciones derivadas de actos de gestión social negligentes, que hayan causado un perjuicio financiero a la sociedad o a terceros.

Las reclamaciones que le presenten como directivo no corresponden a la sociedad ni son económicamente asumidas por esta, afectan al patrimonio personal del directivo de manera ilimitada.

TOMADOR DEL SEGURO

Pólizas Colectivas:
El tomador es siempre la empresa como persona jurídica.
Protege a todas las personas físicas que integran los órganos de administración y dirección de la empresa. (No es necesario identificar nominalmente a estas personas).

Pólizas Individuales:
El contratante es una persona física individual que tiene interés en protegerse de manera personal como miembro en uno o varios órganos de administración o dirección, con independencia de que la sociedad tenga o no suscrito su propio seguro colectivo D&O.

COBERTURAS

  • Cobertura básica (personas físicas).
  • Cobertura de reembolso.
  • Investigación formal.
  • Reclamaciones contra cónyuges.
  • Materia laboral.
  • Gastos de publicidad.
  • Contaminación: gastos defensa.
  • Contaminación: perjuicio financiero puro.
  • Sociedades participadas sin ánimo de lucro (representantes en Cámaras de Comercio, Fundaciones, Asociaciones, etc).
  • Sociedades participadas con ánimo de lucro.

Por motivos legales: mala fe/dolo, retribuciones no legales de administradores, reclamaciones anteriores, circunstancias conocidas, sanciones…

Cubiertos por otras pólizas: daños materiales/corporales, RC Profesional, Contaminación, Fondos de Pensiones…

Póliza en base a reclamación (claims made):

  • Reclamación durante el periodo de vigencia.
  • Actos cometidos durante el periodo de vigencia o anteriormente.*
  • Si la póliza no se renueva, no hay cobertura para actos cometidos cuando la póliza estaba en vigor.

* Es el periodo de tiempo anterior a la contratación del seguro en el cual el administrador ha realizado actos que posteriormente pueden ser declarados negligentes. La retroactividad está cubierta en el seguro de D&O, con exclusión de los siniestros conocidos por el asegurado o el tomador y no declarados al asegurador.

CAUSAS DE RECLAMACIÓN

Hay distintos motivos por los que pueden reclamar, siempre que se haya causado un perjuicio económico a la propia sociedad o a un amplio espectro de terceros perjudicados y sea consecuencia de un acto de gestión negligente imputable al administrador.

Causas más frecuentes:

• Prácticas indebidas de empleo.

• Perjuicios causados por inversiones erróneas.

• Sobrevaloración de activos.

• Declaraciones erróneas o inexactas.

• Falta de control o de procedimientos.

• Pasividad en toma de decisiones.

• Riesgos derivados de procesos de internacionalización.

• Inversiones en países emergentes.

ACTIVIDADES EXCLUIDAS DE CONTRATACIÓN

  • Administraciones y servicios públicos.
  • Comunidades de propietarios.
  • Clubes deportivos profesionales o semiprofesionales.
  • Empresas fotovoltaicas.
  • Sector inmobiliario y construcción.
  • Tabacaleras.
  • Tecnología biológica y sector farmacéutico.
  • Sector financiero.
  • Software y telecomunicaciones.
  • Sector bursátil.
  • Corredurías y Mediadores de seguros.
  • Consulting.
  • Partidos políticos y Sindicatos.
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