Los trabajadores tienen el derecho a pedir la adaptación del régimen de su horario de trabajo a jornada reducida, con prioridad, cuando las condiciones laborales afecten la conciliación de su vida personal y familiar. Para hacer el cambio, deberán presentar las justificaciones correspondientes, como indica la jurisprudencia del Tribunal Supremo (TS), en la Sala de lo Social Sección Primera, de acuerdo con la sentencia emitida el 3 de febrero de 2023.
Según lo establecido en el artículo 34.8 del Estatuto de los Trabajadores (ET), los trabajadores tienen el derecho de solicitar «adaptaciones en la duración y distribución de la jornada laboral, en la organización del tiempo de trabajo y en la forma de prestación, incluyendo el teletrabajo, para garantizar su derecho a la conciliación de la vida personal y laboral».
El ponente y magistrado de la Sala, Hay Alba, argumenta que la conciliación es un derecho fundamental estrechamente protegido y que prevalece debido a su relación con otros derechos fundamentales garantizados en la Constitución Española, en particular los artículos 14, 18 y 39 que tratan sobre la protección social y legal de la familia.
El Tribunal Supremo ya ha emitido jurisprudencia en casos similares, que favorece el derecho de los trabajadores a la reducción de jornada, ya que son ellos quienes mejor conocen su situación personal fuera del entorno laboral, y por lo tanto, son los más «capacitados para decidir cuál es el período más apropiado para cumplir con sus obligaciones derivadas de la patria potestad». En este contexto, la reducción de jornada se considera una medida que contribuye al cumplimiento y desarrollo de lo establecido en la Constitución.
Sin embargo, la reducción de jornada puede tener un impacto negativo en las necesidades productivas y organizativas de la empresa, y en ocasiones puede entrar en conflicto con el derecho de dirección y organización empresarial. Por lo tanto, el trabajador debe presentar las razones que justifican su solicitud de adaptación de la jornada y la empresa debe aceptarla, a menos que pueda proporcionar pruebas fundadas para refutar la solicitud.
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