Hasta la Declaración de la Renta de 2023 que acabamos de presentar en junio de este año 2024, los contribuyentes que, por decisión judicial, satisfacen anualidades por alimentos a favor de sus hijos e hijas, tenían derecho a la aplicación de una deducción del 15% de las cantidades abonadas por este concepto, con unos límites establecidos por la Norma Foral del Impuesto.

A partir de la Declaración de la Renta de 2024 que presentaremos entre los meses de abril a junio de 2025, esta deducción sufre una importante novedad.

Esta novedad se fundamenta en que cuando por decisión judicial se haya acordado la guarda y custodia compartida y que ambos progenitores satisfagan anualidades por alimentos a favor de sus hijos e hijas comunes, la deducción la aplicará, exclusivamente, por el progenitor o progenitora que satisfaga el mayor importe durante el periodo impositivo y la base de la deducción será el resultante de minorar su contribución en el importe de la contribución del otro progenitor o progenitora.

En este sentido, cuando en un periodo impositivo ambos progenitores satisfagan la misma cuantía en concepto de anualidades, ninguno de ellos podrá aplicar la deducción.

En Ercilla Asesores, contamos con un departamento especializado y con más de 20 años de experiencia en el asesoramiento fiscal y tributario. Nuestro equipo se encarga de gestionar todos los aspectos relacionados con la deducción por abono de anualidades por alimentos a hijos e hijas, adaptándose a las novedades fiscales que afectan a las declaraciones de renta.

Para cualquier duda o ampliar la información nuestro equipo de asesores fiscales están a tu disposición. 

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