El pasado 8 de octubre de 2024, el Gobierno aprobó el Real Decreto 1026/2024, una normativa que profundiza en la protección de los derechos de las personas LGTBI en el entorno laboral. Este reglamento, entró en vigor el 10 de octubre, y tiene como objetivo principal garantizar la igualdad de trato y eliminar cualquier forma de discriminación en las empresas, en línea con lo estipulado en la Ley 4/2023.
Este nuevo marco normativo refuerza la obligación de las empresas, especialmente aquellas con más de 50 empleados, de adoptar medidas planificadas que promuevan la inclusión y eviten situaciones de discriminación. Además, impone la implementación de protocolos específicos frente al acoso y violencia contra las personas LGTBI en el entorno laboral. A continuación, te explicamos en detalle las principales obligaciones y plazos que establece el RD 1026/2024.
Medidas planificadas para la igualdad en las empresas
El decreto establece la obligatoriedad de que todas las empresas afectadas desarrollen un plan de medidas de igualdad que abarque varios aspectos clave, que deben ser cumplidos para garantizar la diversidad y la inclusión en el ámbito laboral:
- Igualdad de trato y no discriminación: El acceso al empleo, la promoción interna, la formación y la clasificación profesional no podrán contener sesgos discriminatorios por razones de identidad de género u orientación sexual.
- Sensibilización y formación: Se deberán adoptar medidas de sensibilización sobre diversidad y formación específica para todos los trabajadores.
- Acceso igualitario a beneficios y derechos: Los permisos y beneficios sociales deberán garantizar la igualdad entre todos los empleados, sin discriminación hacia las personas LGTBI.
- Entornos laborales inclusivos y seguros: Los espacios de trabajo deben ser diversos e inclusivos, velando por la seguridad y el respeto de todas las personas.
Protocolo de actuación frente al acoso y violencia
El Anexo II del decreto establece un marco obligatorio para la implementación de un protocolo específico para tratar casos de acoso y violencia contra las personas LGTBI. Este protocolo deberá incluir mecanismos claros para la presentación de denuncias, plazos de resolución y medidas preventivas. En caso de que la empresa ya disponga de un protocolo general frente al acoso, deberá ser ampliado para incorporar estas nuevas disposiciones o crear uno específico para el colectivo LGTBI.
Plazos para implementar las medidas
El Real Decreto 1026/2024 también regula el proceso de negociación colectiva para la implementación de estas medidas. Las empresas que se rijan por convenios colectivos deberán iniciar las negociaciones dentro de los tres meses siguientes a la entrada en vigor de la norma. Si una empresa no cuenta con representación sindical, la negociación se realizará con los sindicatos más representativos del sector.
En caso de que, tras tres meses de negociaciones, no se alcance un acuerdo, las empresas estarán obligadas a aplicar de forma directa las medidas contempladas en el decreto hasta que se acuerde un nuevo convenio o acuerdo de empresa.
Es esencial que las empresas tomen conciencia de esta nueva normativa y se preparen adecuadamente para su implementación.
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