REGISTRO DE JORNADA

Tal y como ya les hemos comentado en ocasiones anteriores, desde 12 de mayo está en vigor la obligación de que las empresas lleven un control y registro de la jornada que realizan sus empleados, ello con independencia de que el contrato sea a jornada parcial o completa. Dichos registros han de conservarse durante un período de cuatro años.
Ello supone que la empresa haya de seguir unas pautas rigurosas de control diario de la jornada que llevan a cabo sus trabajadores: