Como consecuencia de la subida de precios causada por el conflicto de Ucrania y Oriente Próximo, se prorrogó la reducción del IVA de los alimentos más básicos (cesta de la compra), que venía dada desde el 1 de enero de 2023, al segundo semestre de 2024.

Sin embargo, el Gobierno en junio de 2024, aprobó una segunda prórroga de estas medidas hasta el 31 de diciembre de 2024, contemplando una subida escalonada de los tipos, hasta alcanzar su nivel habitual en 2025, estableciéndose dos periodos:

  • Del 1 de julio al 30 de septiembre, donde se mantienen los tipos aplicables antes de la publicación de esta segunda prórroga.
  • Del 1 de octubre al 31 de diciembre, donde los productos que tributaban en el periodo anterior a un tipo del 0% y 5% pasarán a aplicar tipos de un 2% y un 7,5% respectivamente.

Excepcionalmente, respecto de los aceites de oliva, si el 1 de enero de 2023 el IVA de este producto se rebajó del 10% al 5%, en esta segunda prórroga, en el periodo del 1 de julio al 30 de septiembre, el IVA del aceite de oliva se situó en el 0% y a partir del 1 de octubre hasta el 31 de diciembre se situará en el 2%.

Con respecto a 2025, el aceite de oliva se incluirá de forma permanente en la categoría de productos con el IVA superreducido del 4%. (antes del 1 de enero del 2023, su tipo era del 10%).

 

Para cualquier duda o ampliar la información nuestro equipo de asesores fiscales están a tu disposición. 

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