En esta ocasión, te explicaremos cuales son las causas por las que un trabajador autónomo puede recibir una prestación económica mientras se encuentra en situación de baja médica. Estas son: 

⮞  Baja por enfermedad común: ocurre cuando el trabajador se encuentra enfermo por una dolencia no relacionada con su actividad laboral.

⮞  Baja o permiso por maternidad/paternidad: este tipo de ausencia temporal se concede a los trabajadores que acaban de ser padres o madres. Cabe destacar que, en caso de ser madre, se puede solicitar el permiso hasta 4 semanas antes del parto.

⮞ Baja por enfermedad o accidente laboral: se presenta si el trabajador sufre una enfermedad o lesión como resultado directo de su trabajo.

⮞ Baja o incapacidad permanente: se produce cuando el trabajador sufre una enfermedad o lesión que limita permanentemente su capacidad para trabajar, incluso después de haber recibido tratamiento.

 

-¿Cuál es el plazo máximo que puede extenderse la baja laboral de un autónomo?

La duración máxima de la baja temporal de un trabajador autónomo es de 12 meses, aunque se pueden conceder prórrogas adicionales de hasta 6 meses más, lo que supone un máximo de 18 meses. Es importante destacar que durante este período, el trabajador autónomo debe someterse a revisiones médicas periódicas.

En caso de una baja por maternidad o paternidad, la duración máxima es de 16 semanas, de las cuales 6 semanas son obligatorias e ininterrumpidas. Sin embargo, en situaciones excepcionales, este período se puede ampliar hasta 13 semanas adicionales.

 

-Condiciones que debe cumplir para poder solicitar la compensación económica por baja temporal

Estar dado de alta en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (RETA).

Haber cotizado al menos 180 días en los últimos 5 años (en caso de baja por enfermedad común).

Aportar un informe médico que justifique la necesidad de solicitar dicha baja.

Mantenerse al día en los pagos de la Seguridad Social, aunque en caso de haber una deuda, se permite un plazo de 30 días para regularizar la situación.

Presentar un comunicado oficial ante la Seguridad Social indicando si la ausencia es temporal o definitiva, en un plazo máximo de 15 días.

-¿Cuánto cobra un autónomo estando de baja?

La cantidad que un autónomo puede cobrar durante su baja depende de varios factores, incluyendo su situación personal y la base de cotización que tenga. Sin embargo, el tipo de baja que se solicite es el factor más importante a tener en cuenta para saber la cantidad y el momento de los pagos.

⮞ En el caso de enfermedad común, se recibe el 60% de la base reguladora del autónomo desde el cuarto hasta el vigésimo día de baja, y luego pasa a ser el 75% de la misma base. 

⮞ En cuanto a una enfermedad laboral o un accidente de trabajo, se cobra un 75% de la base reguladora desde el primer día. 

⮞Respecto a una baja por paternidad o maternidad, se cobra el 100% de la base reguladora desde el primer día, pero se toma en cuenta la media de los últimos 6 meses para determinar el valor. 

⮞ Para una baja permanente, la cantidad que se cobra varía según si es una incapacidad parcial o total y hay requisitos adicionales a cumplir. En el caso de una baja permanente parcial, se otorga una prestación correspondiente a 24 meses de la base reguladora por contingencias profesionales. En cambio, si se trata de una baja permanente total, se otorga una pensión vitalicia equivalente al 55% de la base reguladora. Pero hay que cumplir ciertos requisitos adicionales, como tener más de 55 años o no realizar ninguna otra actividad, el pago aumenta al 75% de la base reguladora.

 

Durante los primeros dos meses de baja, es obligatorio que el trabajador continúe pagando su cuota de autónomo. Si la baja se extiende más allá de ese periodo, no tendrá que pagar la cuota a partir del día 61. Cabe destacar que, aunque no pague la cuota, seguirá cotizando durante todo el tiempo que dure la baja.

 

Para cualquier duda o ampliar la información nuestro equipo de asesores fiscales están a tu disposición.

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