Tal y como hemos hecho en años anteriores, a continuación les enunciamos para su conocimiento cuales son las principales campañas puestas en marcha por la Inspección de Trabajo en nuestro territorio de cara al presente año 2018:

FRAUDE EN LA CONTRATACIÓN TEMPORAL
Se verificará la correcta causalidad de los contratos temporales y los supuestos de encadenamiento sucesivo de diversos contratos temporales.

CONTRATOS FORMATIVOS Y PRÁCTICAS NO LABORALES
Especial atención a la figura del becario sin contrato de trabajo, para verificar que dicha situación no encubre una relación laboral ordinaria.

CONTROL DE LA UTILIZACIÓN DE LAS ETTs
Con el propósito de comprobar que no concurren casos de cesión ilegal de trabajadores bajo la aparente utilización de una ETT.

CONTROL DE CONDICIONES DE TRABAJO
Con el objetivo de verificar que las condiciones de salario, jornada, derechos, etc. son las que corresponden según los convenios colectivos que resulten de aplicación.

CONTROL DE LA CONTRATACIÓN A TIEMPO PARCIAL
Se comprobará que lo contratos de trabajo a tiempo parcial indican el horario concreto del empleado y que las empresas guardan el registro de jornadas mensual al que obliga la normativa en vigor y del cual ya les hemos hablado en comunicaciones precias.

CONTROL DEL TIEMPO DE TRABAJO 
Control del tiempo de trabajo y del límite legal de horas extraordinarias
Se analizará si las empresas tienen a trabajadores superando el límite anual máximo de realización de horas extraordinarias.

CONTROL DE LOS EXPEDIENTES DE REGULACIÓN DE EMPLEO
Se realizarán visitas a empresas afectadas por EREs de suspensión o reducción de jornada, con el objetivo de verificar que los trabajadores afectados por el ERE no se encuentran prestando sus servicios con normalidad y percibiendo prestaciones de desempleo al mismo tiempo.

SOBRE ACOSO SEXUAL Y POR RAZÓN DE SEXO

DISCRIMINACIÓN SALARIAL POR RAZÓN DE GÉNERO O RAZA

CONTROL DE LOS DERECHOS SOBRE CONCILIACIÓN LABORAL Y FAMILIAR

TUTELA DE LOS DERECHOS DE LOS REPRESENTANTES DE LOS TRABAJADORES Y DISCRIMINACIÓN EN LA NEGOCIACIÓN COLECTIVA

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