Tras la reciente aprobación del Real Decreto-ley 28/2018, de 28 de diciembre, les informamos de que los autónomos incorporados a dicho régimen con anterioridad al 1 de enero de 1998 y que mantengan actualmente la protección por incapacidad temporal con el Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS), deberán optar obligatoriamente en el primer trimestre de 2019  por una mutua colaboradora de la Seguridad Social, surtiendo efecto dicho cambio desde el 1 de junio de 2019.

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Tras la reciente aprobación del Real Decreto-ley 28/2018, del 28 de diciembre, les informamos de que se han introducido importantes cambios en la cotización a la Seguridad Social de los trabajadores autónomos, con efectos desde enero 2019, siendo los más relevantes los que detallamos a continuación:

1. Subida de la base máxima de cotización para toda clase de autónomos: ello implica que los autónomos que vinieran cotizando por el máximo posible van a ver su cuota mensual incrementada en 80 euros aproximadamente.

2. Subida de la base mínima de cotización para toda clase de autónomos: ello supone una subida de la cuota mensual de 6 euros aproximadamente.

3. Subida de la tarifa plana mensual para autónomos de 50 euros a 60 euros.

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