La Norma Foral 4/2024, aprobada el 27 de diciembre, introduce una serie de cambios significativos en el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF), con impacto directo en contribuyentes, autónomos y empresas. En este artículo, desglosamos las modificaciones más relevantes según cada aspecto clave de la reforma.
1. Medidas extraordinarias en el IRPF
Para mitigar los efectos del alza de precios, se mantiene la reducción extraordinaria en la cuota del IRPF, permitiendo una minoración de hasta 200 euros para contribuyentes con bases imponibles inferiores a 35.000 euros. Además, continúan las medidas extraordinarias en los porcentajes de deducción para la determinación del rendimiento neto en la modalidad simplificada del IRPF: 15% general y 70% para actividades agrícolas, ganaderas y transporte de mercancías por carretera.
En cuanto a las aportaciones a sistemas de previsión de autónomos, las realizadas en 2024 se considerarán como contribuciones empresariales y no individuales. De este modo, podrán computarse dentro del límite de 8.000 euros en vez del límite individual de 5.000 euros.
2. Deducciones para contribuyentes con actividades económicas
Los contribuyentes que realicen actividades económicas ahora pueden beneficiarse de nuevas deducciones en el IRPF por participar en la financiación de:
- Proyectos de investigación y desarrollo.
- Innovación tecnológica.
- Obras audiovisuales.
- Espectáculos en vivo de artes escénicas y musicales.
- Edición de libros.
Estas medidas buscan incentivar la inversión en sectores clave de la economía y fomentar el desarrollo cultural y tecnológico.
3. Integración y compensación de Rentas
Se incrementa el límite de compensación de pérdidas patrimoniales en la base general del 10% al 25%. Esto significa que las pérdidas patrimoniales de la base general podrán compensarse con el saldo positivo de la suma de los rendimientos de la base imponible general (excluyendo pérdidas y ganancias) hasta dicho límite del 25%.
Además, esta modificación tiene carácter retroactivo, aplicándose a declaraciones correspondientes a los ejercicios 2022 y 2023, lo que brinda una oportunidad a los contribuyentes para mejorar su situación fiscal en declaraciones pasadas.
4. Transmisión de empresas a personas físicas
Se amplía el beneficio fiscal en la transmisión lucrativa de empresas familiares, ahora alcanzando hasta el cuarto grado de consanguinidad (antes solo el primer grado). Otros cambios clave incluyen:
- Reducción de la edad mínima del donante de 65 a 60 años.
- Inclusión de la incapacidad permanente absoluta o gran invalidez como motivo para la exención de la tributación por transmisión.
- Eliminación de la obligación de mantener la empresa durante 5 años si la liquidación se produce por un procedimiento concursal.
Desde el 1 de enero de 2025, se flexibilizan los requisitos para la transmisión de empresas a trabajadores. Ya no es necesario realizar una oferta igualitaria a toda la plantilla, aunque se exigen nuevas condiciones:
- Haber trabajado en la empresa al menos 2 de los 5 años anteriores a la adquisición.
- Mantener la participación en la empresa durante al menos 5 años.
- Respetar un límite del 40% de participación conjunta dentro del grupo familiar.
- Asegurar que el transmitente haya ejercido funciones de dirección, representando más del 50% de sus ingresos totales.
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