Desde el 18 de noviembre de 2024, las empresas y autónomos del sector de la construcción en Bizkaia, que tengan personas trabajadoras a su cargo en esta fecha, tienen un plazo de 90 días para adherirse a Etorkizuna EPSV de Empleo.
“Etorkizuna EPSV de Empleo” es una Entidad de Previsión Social Voluntaria promovida por CEBEK, y por la Asociación de Constructores y Promotores Inmobiliarios de Bizkaia (ASCOBI) Bizkaiko Etxegileen eta Higiezin Sustatzaileen Elkartea. que surge como herramienta clave para gestionar aportaciones económicas en el sector de la construcción de Bizkaia.
Está diseñado para beneficiar a las personas trabajadoras mediante un plan de ahorro complementario de jubilación, conforme al convenio colectivo vigente.
¿Quién gestiona las aportaciones de Etorkizuna EPSV?
Kutxabank, junto con las entidades integrantes del Grupo, es la entidad adjudicataria para la gestión de las inversiones, de la administración del patrimonio y de la atención a socios de Etorkizuna EPSV de Empleo.
Las inversiones se realizan siguiendo estrictos criterios establecidos en la Declaración de Principios de Inversión.
Además, Kutxabank ofrece acceso a la información detallada del plan a través de su portal web y su banca online, brindando a los socios herramientas para monitorear el estado de sus aportaciones, la rentabilidad obtenida y la composición del fondo en cualquier momento.
¿Quiénes están obligados a adherirse?
Las empresas y autónomos con empleados en el sector están obligados a formar parte como Socios Protectores. Además, los autónomos sin empleados que operan bajo los códigos CNAE de la construcción pueden adherirse voluntariamente.
Tipos de personas sociales en Etorkizuna EPSV
- Socia Promotora Fundadora : La Confederación Empresarial de Bizkaia (CEBEK).
- Socios Protectores : Empresas y autónomos que realizan aportaciones para sus personas trabajadoras.
- Socios Ordinarios : Personas trabajadoras que reciben dichas aportaciones.
¿Qué implica esta obligación?
El objetivo es garantizar el ahorro para la jubilación de las personas trabajadoras mediante aportaciones obligatorias realizadas por las empresas y autónomos. Las principales acciones para regularizar la situación son:
- Alta como Socio Protector :
Las empresas deben completar el «Documento de Integración» disponible en el portal web de Kutxabank, rellenarlo, firmarlo y enviarlo junto con el formulario correspondiente. - Incorporación de personas trabajadoras :
Cada persona trabajadora debe ser dado de alta mediante el «Boletín de Adhesión». Este documento, también disponible en el portal, debe ser completado y firmado por cada empleado. - Realización de aportaciones :
Las empresas deben comunicar las aportaciones mediante un Excel de Aportaciones, realizar la transferencia bancaria correspondiente y enviar ambos documentos a través del portal.
¿Qué tipo de aportaciones se realizan?
- Aportaciones de Empresa : Obligatorias, deducibles en el IRPF hasta 8.000 € anuales.
- Aportaciones de Personas Trabajadoras : Voluntarias, con un límite de 5.000 € anuales.
¿Cómo adherirse a Etorkizuna EPSV?
1. Alta como Socio Protector
Este primer paso es obligatorio para empresas y autónomos que emplean a personas trabajadoras por cuenta ajena en el sector de la construcción en Bizkaia. La adhesión requiere:
- Descargar el Documento de Integración desde el portal web de Kutxabank.
- Cumplimentarlo y firmarlo. La firma debe corresponder al representante legal de la empresa.
- Subir el documento al portal junto con el formulario de alta, indicando los datos de la empresa o autónomo, en el caso de ser cliente de Kutxabank. Si no eres cliente de Kutxabank, debes acudir a una oficina.
2. Alta de las personas trabajadoras
Cada empleado que recibe aportaciones debe ser registrado como Socio Ordinario. Este proceso incluye:
- Descargar el Boletín de Adhesión desde el portal.
- Rellenar los datos de la persona trabajadora y la empresa, firmarlo y almacenarlo como documento PDF.
- Adjuntar el Boletín al formulario correspondiente en el portal.
Nota : Aunque se puede completar el alta en fases, se recomienda hacerlo en un único proceso para agilizar el cumplimiento.
3. Comunicación de las aportaciones
Para realizar las aportaciones iniciales:
- Descargar el Excel de Aportaciones desde el apartado Documentación General del portal.
- Rellenar la plantilla con los datos de cada persona trabajadora y el importe correspondiente.
- Realiza la transferencia bancaria a la cuenta de Etorkizuna EPSV, detallando el CIF o NIF en el concepto.
- Adjuntar el justificante de la transferencia y el Excel al formulario del portal.
4. Frecuencia y procesamiento de aportaciones
Las aportaciones correspondientes a 2023 y 2024 deben incluirse en un único pago. A partir de enero de 2025, las empresas pueden realizar pagos mensuales. Los datos se procesan tras la recepción de la transferencia, siendo clave que los documentos sean completos y estén en el formato correcto.
5. Seguridad Social
Una vez realizadas las aportaciones correspondientes a los ejercicios 2023 y 2024, dichas aportaciones deben comunicarse en seguridad social, y realizar el pago de las cotizaciones que correspondan, para cada ejercicio.
A partir de enero de 2025, las empresas tendrán que comunicar a mes vencido las aportaciones que se realicen de las personas trabajadoras.
Plazos clave y beneficios
El plazo máximo para cumplir con estas obligaciones es el 16 de febrero de 2025. Aquellas empresas que regularicen su situación dentro de este período podrán:
- Evitar posibles sanciones derivadas del incumplimiento del convenio colectivo.
- Facilitar el acceso de sus personas trabajadoras a un plan de ahorro gestionado con los más altos estándares de calidad, respaldado por el Grupo Kutxabank.
¿Tienes dudas?
Si necesitas asesoramiento para cumplir con esta nueva normativa, en Ercilla Asesores te ayudamos a gestionar cada paso del proceso, asegurando que tu empresa esté al día con las disposiciones legales.