En la gestión de una empresa, es común incurrir en gastos de hostelería y restauración. Sin embargo, no todos estos gastos son deducibles. En este artículo, aclaramos en qué situaciones pueden desgravarse y qué requisitos deben cumplirse.

 

1. ¿Cuándo puede un empresario deducir estos gastos?

Como norma general, los gastos en hostelería y restauración sólo serán deducibles si el socio o dueño de la empresa trabaja en ella y percibe una nómina. Si el socio no tiene nómina (por ejemplo, un socio capitalista o el cónyuge del socio), estos gastos no serían deducibles.

 

2. Gastos de desplazamientos y su deducción

Los gastos incurridos en restaurantes y hoteles solo se podrán deducir si:


✔︎ Se producen por un desplazamiento justificado (visitas a clientes, proveedores o labores comerciales).
✔︎ Ocurren en días laborables.
✔︎ Se realizan en un municipio diferente al domicilio del socio.
✔︎ Son gastos razonables, como una habitación de hotel para una sola persona o una comida individual.

Estos gastos se consideran “gastos de desplazamiento” y deben documentarse correctamente.

 

3. Invitaciones a clientes y proveedores

Cuando los gastos de hostelería o restauración corresponden a invitaciones a clientes o proveedores, pasan a considerarse «gastos de relaciones públicas, atenciones a clientes y proveedores». En este caso:


➡︎ Son deducibles solo al 50%.
➡︎ No pueden superar el 5% de la facturación anual.

 

4. Deducción del IVA en estos gastos

📌 Hotelería: El IVA es deducible si se cumplen los requisitos mencionados y se cuenta con una factura a nombre de la empresa.
📌 Restauración: El IVA no es deducible, aunque se necesita al menos una factura simplificada para justificar el gasto.

 

5. Justificación documental: imprescindible para la deducción

Para evitar problemas con la inspección, se debe contar con:


✔️ Factura completa o simplificada con número identificativo.
✔️ No es válida la factura de comprobación sin número.
✔️ Si el pago se hace con tarjeta de crédito,el extracto del banco es suficiente, aunque es muy recomendable tener la factura.

 

Además, es recomendable llevar un registro mensual de desplazamientos, detallando:

📌 Fecha y destino del viaje.
📌 Motivo del desplazamiento.
📌 Gastos incurridos con facturas adjuntas.


Cumplir con estos requisitos es clave para evitar problemas fiscales y optimizar la deducción de gastos.

¿Tienes dudas sobre cómo gestionar estos gastos en tu empresa? ¡Consúltanos!     

Para más información o asesoramiento especializado, no dudéis en contactar con Ercilla Asesores.

 

Compartir esta entrada:
Abrir chat
Hola👋
¿En qué podemos ayudarte?