La presentación del Modelo 130 es una obligación fiscal crucial para muchos autónomos y socios de Sociedades Civiles en Bizkaia.
En este artículo te explicamos, con detalle qué es el Modelo 130, quién está obligado a presentarlo, cómo afectan las retenciones y, muy importante, los errores comunes que debes evitar para no sufrir sanciones o recargos.
¿Qué es el Modelo 130?
El Modelo 130 es la autoliquidación trimestral del pago fraccionado del IRPF para trabajadores autónomos y socios profesionales que ejercen actividades económicas. En esencia, es un anticipo a cuenta del IRPF anual, basado en los ingresos y gastos declarados en el trimestre.
En Bizkaia, al estar bajo un régimen fiscal foral específico, la gestión de este modelo debe adaptarse a la normativa de la Hacienda Foral de Bizkaia, respetando sus particularidades y plazos.
¿A quién aplica el Modelo 130?
Están obligados a presentar el Modelo 130:
- Autónomos que desarrollan actividades económicas, ya sea en estimacion directa normal (EDN), o estimacion directa simplificada (EDS), que no estén sujetos a retenciones.
- Socios de sociedades civiles o comunidades de bienes que no realicen retenciones.
- Profesionales o o socios pertenecientes a Sociedades Civiles que no tengan cubierto el 70% de sus ingresos mediante retenciones (según el Modelo 190).
Errores comunes
- Confundir plazos de presentación: en Bizkaia, el plazo es del 1 al 28 de julio para el segundo trimestre.
- No presentar el modelo aunque esté obligado: puede acarrear sanciones y recargos.
- No conservar documentación justificativa: es clave para posibles inspecciones.
- Desconocer la normativa foral específica de Bizkaia: que puede incluir particularidades en tipos de gastos, plazos y deducciones.
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