El Pleno de lo Social del Tribunal Supremo ha emitido una sentencia clave en el ámbito laboral, rechazado la posibilidad de que los tribunales incrementen la indemnización por despido improcedente más allá de los 33 días por año trabajado, tal y como establece la legislación española.

El fallo, el primero en abordar directamente esta cuestión, sostiene que la normativa actual es compatible con los estándares internacionales, como los recogidos por la Organización Internacional del Trabajo (OIT). Según el Supremo, la indemnización tasada garantiza seguridad jurídica y uniformidad para todos los trabajadores, sin que las circunstancias concretas de cada caso permitan incrementarla judicialmente.

El caso involucraba a una trabajadora despedida en marzo de 2020, al inicio de la pandemia, tras solo cuatro meses en una empresa de Barcelona. La empresa alegó problemas económicos derivados de la crisis sanitaria y le abonó la indemnización máxima legal: 33 días por año trabajado, lo que en su caso supuso menos de 1.000 euros.

El Tribunal Superior de Justicia de Cataluña reconoció el despido como improcedente y señaló que la indemnización era «claramente insignificante» para reparar el daño sufrido o disuadir a la empresa. Sin embargo, el Supremo ha anulado esta sentencia, argumentando que la normativa interna es suficiente para cumplir con los estándares internacionales.

El Supremo resalta que la cuantía establecida por ley ofrece un equilibrio entre la protección del trabajador y la seguridad jurídica para las empresas. Además, la sentencia subraya que el reconocimiento de una indemnización mayor queda fuera del alcance de los jueces, incluso en situaciones excepcionales.

El Consejo de Europa ha instado recientemente a España a revisar sus normas para garantizar una indemnización más acorde con las necesidades de los trabajadores afectados.

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