El pasado 31 de diciembre de 2022, se estrenó el nuevo impuesto de las grandes fortunas (BOE la Ley 38/2022, de 27 de diciembre,), denominado Impuesto Temporal de Solidaridad de las Grandes Fortunas.

La creación de un nuevo impuesto para los individuos con mayores ingresos en España, conocido como «Impuesto a los ricos» tiene como objetivo recaudar más fondos para el gobierno y reducir la brecha entre ricos y pobres.

Entre los beneficios se encuentra la recaudación de más fondos para programas sociales y reducción de la desigualdad económica.

Sin embargo, también hay contrapartidas, como la posibilidad de que los individuos afectados por el impuesto reduzcan sus actividades económicas o incluso salgan del país, lo que podría tener un impacto negativo en la economía.

¿Cuál será el importe a pagar?

El impuesto afectará a aquellas personas físicas que posean un patrimonio neto superior a 3 millones de euros.

El impuesto se aplicará a los patrimonios netos a partir del 1 de enero de 2023 y hasta el 31 de diciembre de 2025.

El tipo impositivo del impuesto se calculará de acuerdo con los siguientes baremos:

  • Patrimonios netos entre 3 y 5 millones de euros: 1,7%
  • Patrimonios netos entre 5 y 10 millones de euros: 2,1%
  • Patrimonios netos superiores a 10 millones de euros: 3,5%

De esta manera, una persona con un patrimonio por encima de los 10 millones de euros pagaría cada año en torno a 139.000 euros.

Es importante destacar que este impuesto se aplicará durante tres años consecutivos (2023, 2024 y 2025) y se aplicará sobre el patrimonio neto de las personas, es decir, el valor de sus activos menos sus deudas, y no sobre sus ingresos. La implementación de este impuesto dependerá de las decisiones políticas y regulaciones del gobierno de España.

¿Qué pasa con las haciendas forales?

Las haciendas forales tienen competencia para aprobar y aplicar el impuesto temporal de solidaridad de las grandes fortunas, siempre que se ajusten a las bases legales establecidas en la Ley 38/2022. Las haciendas forales pueden modificar el tipo impositivo del impuesto así como otros aspectos como el umbral de exención y los periodos impositivos. Sin embargo, los tipos impositivos no pueden ser inferiores a los establecidos en la Ley 38/2022.

Para cualquier duda o ampliar la información nuestro equipo de asesores fiscales están a tu disposición

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