La campaña de Renta, Patrimonio y Grandes Fortunas correspondiente al ejercicio 2025 llega marcada por una de las reformas fiscales más relevantes de los últimos años en el ámbito de la Hacienda Foral de Bizkaia. Las modificaciones introducidas persiguen reforzar el apoyo a las familias, facilitar el acceso a la vivienda, incentivar el ahorro previsional y acelerar la transición hacia modelos de consumo y movilidad más sostenibles.
Conocer las novedades normativas, los plazos de presentación y las nuevas deducciones resulta fundamental para evitar errores, aprovechar los beneficios fiscales disponibles y optimizar correctamente la tributación.
Calendario de la Campaña Fiscal 2025
La Hacienda Foral de Bizkaia ha establecido las siguientes fechas para la presentación de las declaraciones correspondientes al ejercicio 2025:
| Impuesto | Inicio de campaña | Fin de campaña |
|---|---|---|
| IRPF (Renta) | 15 de abril de 2026 | 30 de junio de 2026 |
| Patrimonio y Grandes Fortunas | 4 de mayo de 2026 | 30 de junio de 2026 |
Pagos, devoluciones y borradores: aspectos prácticos a tener en cuenta
Declaraciones con resultado a ingresar
Cuando la declaración resulte a pagar, el cargo se efectuará el 6 de julio de 2026, o en los tres días hábiles siguientes, con independencia de la fecha en que se haya presentado la autoliquidación dentro del periodo voluntario.
Declaraciones con resultado a devolver
En aquellos casos en los que la declaración arroje un resultado favorable al contribuyente y no existan discrepancias o incidencias en los datos aportados, la Hacienda Foral prevé efectuar la devolución en un plazo máximo de siete días desde la validación de la declaración.
Disponibilidad del borrador de Renta
A partir del 15 de abril de 2026, la Hacienda Foral de Bizkaia pondrá a disposición de los contribuyentes el borrador de la declaración tanto a través de su sede electrónica como mediante comunicación postal.
La notificación incluirá:
- Los códigos de acceso necesarios para la gestión telemática.
- La modalidad de tributación más favorable según los datos disponibles (individual o conjunta).
- El resultado provisional de la declaración.
- La información fiscal utilizada para su confección.
No obstante, el hecho de que Hacienda facilite un borrador no implica que los datos sean necesariamente completos o correctos, por lo que resulta imprescindible revisar cuidadosamente toda la información antes de confirmar la declaración.
Obligación de presentar declaración: nuevo límite de rendimientos del trabajo
Entre las novedades más relevantes de esta campaña destaca la modificación del límite de rendimientos del trabajo que determina la obligación de declarar.
Para el ejercicio 2025, deberán presentar declaración quienes obtengan rendimientos brutos del trabajo superiores a 20.000 euros anuales.
Por su parte, el límite para los rendimientos del capital y las ganancias patrimoniales, incluidas aquellas exentas de tributación, se mantiene en 1.600 euros anuales.
Asimismo, desaparece la posibilidad de presentar declaración abreviada en determinados supuestos, por lo que conviene analizar individualmente cada situación para verificar correctamente las obligaciones tributarias aplicables.
Vivienda habitual: importantes mejoras en las deducciones fiscales
La reforma incorpora medidas específicas destinadas a favorecer el acceso a la vivienda y apoyar a determinados colectivos con mayores necesidades de protección.
Deducción por alquiler de vivienda habitual
Los siguientes colectivos podrán aplicar una deducción incrementada del 35% de las cantidades satisfechas por el alquiler, con un límite máximo de 2.800 euros anuales:
- Personas menores de 36 años.
- Familias numerosas.
- Familias monoparentales.
- Personas con discapacidad.
- Víctimas de violencia de género.
Esta mejora supone un incremento significativo del beneficio fiscal para quienes acceden a la vivienda en régimen de arrendamiento.
Deducción por adquisición de vivienda habitual
Los mismos colectivos podrán beneficiarse de una deducción del 23% por adquisición de vivienda habitual.
Además, los contribuyentes menores de 36 años disponen de una ventaja adicional especialmente relevante: podrán aplicar esta deducción sin limitación durante el ejercicio en el que se formalice la compra de la vivienda.
Estas medidas refuerzan claramente el apoyo fiscal a los jóvenes y a los colectivos con mayores dificultades de acceso al mercado residencial.
EPSV y sistemas de previsión social: mantenimiento de los incentivos al ahorro
La previsión social continúa siendo uno de los instrumentos más eficientes desde el punto de vista fiscal para planificar el ahorro a largo plazo.
Durante la campaña correspondiente al ejercicio 2025:
- El límite conjunto de reducción por aportaciones a sistemas de previsión social se mantiene en 12.000 euros anuales.
- Está previsto que dicho límite se reduzca a 10.000 euros anuales a partir de 2026.
Novedades para trabajadores autónomos
La reforma introduce además una regulación específica para los trabajadores por cuenta propia, estableciendo un nuevo límite de 4.000 euros anuales para las aportaciones realizadas a sistemas de empleo dirigidos a autónomos.
Esta medida amplía las posibilidades de planificación previsional para este colectivo, tradicionalmente con menor acceso a mecanismos complementarios de jubilación.
Nuevas deducciones fiscales incorporadas en 2025
La reforma fiscal incorpora nuevos incentivos destinados a favorecer la conciliación, el apoyo a personas dependientes y la sostenibilidad energética.
Entre las nuevas deducciones destacan las siguientes:
- Reincorporación al mercado laboral tras el cuidado de menores.
- Cuidado de personas dependientes y situaciones de viudedad.
- Adquisición de vehículos eléctricos e instalación de puntos de recarga.
- Obras de mejora de eficiencia energética e integración de energías renovables en la vivienda.
- Obras de mejora en la vivienda arrendada (para el arrendador).
Recomendaciones para evitar errores en la declaración
Uno de los errores más habituales consiste en asumir que la información facilitada por Hacienda es completa y definitiva.
Sin embargo, determinados datos pueden no estar incorporados correctamente o requerir comprobaciones adicionales, especialmente en materia de:
- Deducciones por vivienda.
- Aportaciones a EPSV.
- Situaciones familiares especiales.
- Ganancias y pérdidas patrimoniales.
- Nuevas deducciones vinculadas a eficiencia energética o movilidad sostenible.
Por ello, es fundamental analizar detalladamente el borrador antes de aceptarlo.
Conservar toda la documentación justificativa
Los contribuyentes deben guardar durante el plazo legal de prescripción todos los documentos que acrediten la información declarada, entre ellos:
- Facturas.
- Contratos.
- Certificados.
- Justificantes bancarios.
- Documentación relativa a inversiones o deducciones aplicadas.
La Hacienda Foral puede requerir esta documentación en cualquier procedimiento de comprobación posterior.
Atención especial a los borradores con resultado a devolver
Si el contribuyente recibe un borrador con resultado a devolver y no realiza ninguna actuación antes del 30 de junio de 2026, la declaración podrá entenderse presentada conforme al contenido del borrador, salvo que haya manifestado expresamente su voluntad de no declarar.
No obstante, será obligatoria la presentación expresa de la declaración, entre otros supuestos, cuando:
- El borrador refleje una devolución superior a 300 euros, excepto para contribuyentes mayores de 65 años.
- El contribuyente hubiera presentado expresamente su declaración correspondiente al ejercicio 2024.
Dada la trascendencia de estas circunstancias, resulta especialmente aconsejable revisar individualmente cada caso antes de permitir la validación automática del borrador.
En Ercilla Asesores ponemos a disposición de nuestros clientes un servicio integral de asesoramiento fiscal para la preparación y presentación de declaraciones ante la Hacienda Foral de Bizkaia, garantizando un estudio individualizado de cada situación y el máximo aprovechamiento de los incentivos fiscales legalmente previstos.